Hemos detectado una falta muy común que hace que los comprobantes sean no deducibles, lo han estado cometiendo las Instituciones de educación privada y las donatarias; él error está en el archivo XML (no en el PDF) que expiden, por no incluir el “COMPLEMENTO” para esas actividades. Lo están tomando como una nota en el PDF y no lo incluyen en el XML.
Como hemos señalado anteriormente, es requisito para deducirlos del impuesto sobre la renta anual contar con el Comprobante Fiscal (CFDI) en su representación impresa PDF y su archivo XML; este último es el más importante según las autoridades del SAT; el archivo PDF puede contener algunos errores, incluso no existir pero, el XML si no está correcto en su estructura, estos gastos no se podrán deducir.
El incentivo fiscal de las colegiaturas y los donativos DEBEN contener en la estructura del archivo XML un “complemento” específico para cada uno. Este complemento debe contener la siguiente información:
1) DONATARIAS:
a) Número de autorización donde el SAT autoriza a la institución el recibir donativos.
b) Fecha de la autorización (publicada en el Diario Oficial de la Federación)
c) La Leyenda: “Este comprobante ampara un donativo, el cual será destinado por la donataria a los fines propios de su objeto social. En el caso de que los bienes donados hayan sido deducidos previamente para los efectos del impuesto sobre la renta, este donativo no es deducible. La reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales.”
2) INSTITUCIONES EDUCATIVAS PRIVADAS:
a) Nombre completo del alumno
b) CURP del alumno
c) Nivel educativo del alumno
d) RFC de quien hace el pago cuando sea diferente a quien recibe el servicio.
Desafortunadamente, no podemos verificar al momento que el XML cuente con estos complementos de información sino hasta que nos lo hacen llegar vía correo electrónico y validarlos. Si bien en la impresión de la factura (PDF) si lo incluye.
Lo único que nos queda como “usuario” final al hacer estos pagos es, acercarnos a nuestro contador para validar los archivos y en su caso, solicitar a la Institución que emitió el comprobante, la reexpedición correcta del CFDI.
Consúltanos ¡¡¡